RESOLUCIÓN 2/2/2006

 

-RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir, con carácter genérico, en el catálogo general del Patrimonio Histórico Andaluz, el Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería).

Palacio de los Marqueses del Almanzora

I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de afianzar la conciencia de identidad andaluza a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturalesy lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente,el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluzade Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento ydifusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.2 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción genérica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

II. El Palacio de los Marqueses del Almanzora de Cantoria (Almería) es uno de los escasos ejemplares conservados de vivienda con marcadas pretensiones palaciegas existentes en esta provincia. Especialmente destacables son sus fachadas y el patio, en los que se puede percibir el abandono de las fórmulas estéticas del barroco a favor de las academicistas, en consonancia con los gustos de la burguesía industrial del tránsito de los siglos XVIII al XIX, enriquecida en esta zona gracias a la minería del plomo

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 2 de noviembre de 2004 (BOJA número 229, de 23 de noviembre de 2004) incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio HistóricoAndaluz, con carácter genérico, del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería), al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía. De acuerdo con el artículo 12 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, se cumplimentaron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento y organismos afectados, de informe de institución consultiva (Comisión Provincial de Patrimonio Histórico deAlmería, con fecha 15 de febrero de 2004) y de puesta de manifiesto a los interesados. A aquellos interesados a los que intentada la notificación personal no se pudo llevar a efecto, o cuyos datos se desconocen, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA número 188, de 26 de septiembre de 2005, y su exposición en los tablonesde edictos de los Ayuntamientos de Cantoria y Almería.Terminada la instrucción del procedimiento y según lodispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio,de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inscripción,con carácter genérico, en el Catálogo General del PatrimonioHistórico Andaluz del Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería).A tenor de lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley1/1991, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo establecido en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómicode Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero. Por lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación

R E S U E L V O

Primero. Inscribir, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, el Palacio de los Marqueses del Almanzora, en Cantoria (Almería), cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Instar al asiento de este bien inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Tercero. Ordenar que la presente Resolución se publiqueen el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mescontado desde el día siguiente al de su notificación, recursode alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 2 de febrero de 2006.

El Director General, Jesús Romero Benítez.

BOJA nº 38 del 24 de Febrero de 2006

 

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